Revisión y reforma de la normativa

Mediante el presente os recordamos que se ha procedido, como ya se indicaba en la web en fecha doce de diciembre pasado,  a la revisión y reforma de la normativa,  siempre en la línea de actualizarla, adecuándola a la realidad deportiva.

Esta nueva normativa, ya está a vuestra disposición en la web y los cambios se han implementado en color rojo para facilitar una mejor identificación; siendo que las principales cuestiones abordadas en la reforma del Código Básico de Competición son las siguientes:

  • ARTICULO 20.- Apertura de grupos en categorías juveniles 1 y 2 y junior 1, limitación a categorías C y B respectivamente. Apertura de grupo Junior 2 A Standard y Latino. Adecuación de los cuadros a la nueva normativa.
  • ARTICULOS 29 A 34.- Eliminación de la Copa de Promoción para 2 T. Publicación de la fecha de la última competición puntuable. Cambios en Single.
  • ARTICULO 76.- Aplicación de la normativa de Adulto A Internacional para Youth y Junior 2 en cuanto a las competiciones WDSF puntuables para el ranking Nacional. (Artículo 76).
  • ARTÍCULO 105.- Requisitos para la participación de parejas en los Campeonatos Internacionales, y obligación de haber participado en el Campeonato de España de la especialidad en que se vaya a participar o caso que sea previo a éste, firmar un compromiso de participación en el Campeonato de España siguiente y notificarlo a la FEBD.
  • ARTICULO 133 . Normativa sobre lesiones en rondas de presentación, que no serán contabilizadas como competición, siendo necesario que se baile en parte la final.
  • ARTÍCULOS 144 y ss.- Descalificación de parejas/single aunque compitan solas
  • JUECES DE PASOS.- Implementación de normativa específica en Anexo J, y modificación del Código Básico (artículos 33, 121, 122 a 125 y 144 a 148) y del Reglamento de Jueces (Títulos 4, 9 y 16.- Los deportistas, entrenadores y resto de jueces, en ningún caso se podrán dirigir al Juez de Pasos durante o inmediatamente después de la competición, para consultas o reclamaciones; éstas serán siempre por escrito y por el conducto y plazo reglamentario. Existencia de una Comisión de Jueces de Pasos para velar por el cumplimiento de la normativa y del nuevo reglamento de Jueces de Pasos.
  • Modificación Anexo E. Vestuario. Adaptación a la WDSF Grupos juvenil y junior con autorización para la utilización de nuevos materiales como raso y terciopelo, sin autorizarse brillo, purpurina, hilo dorado, etc…
  • Modificación Anexo F Reglamento de Jueces. Adaptación de los títulos 4, 6 y 9 a la nueva normativa de los Jueces de Pasos (Anexo J)
  • Modificaciones en el Anexo G. Director de competición. En relación a la revisión del incumplimiento de normativa de vestuario, de las deportistas, que será realizada cuando el Director de competición sea hombre, acompañado de una mujer; y la prohibición de modificar dorsales, que solo pueden sujetarse con imperdibles. También la obligación de consignar en el acta los dorsales de las parejas avisadas por irregularidades en el vestuario y las no presentadas, así como la decoración de la pista, los premios y regalos entregados y adjuntar fotos del evento. (Títulos 3 y 5 del Anexo G).
  • Implementación de un Programa de Tecnificación que desarrolla los criterios necesarios para el apoyo por la Federación de los deportistas más prometedores, permitiendo la completa formación y evolución hacia la alta competición y la incorporación en el Equipo Nacional de Baile Deportivo para representar a nuestro país en competiciones Internacionales y para la detección de nuevos talentos.
  • Modificación del Reglamento Económico en cuanto a la cuantía de las distintas licencias federativas por especialidades para los distintos estamentos.

Así mismo se ha procedido también a actualizar los Reglamentos económicos y Códigos de competición de otras especialidades de Baile deportivo y así:

  1. A) Código Básico de Competición de Danza Coreográfica. Ha sufrido modificaciones en distintas áreas, que se han implementado en color azul para facilitar su acceso. Entre otras, la obligación de que un 50% de los componentes del grupo sea de nacionalidad española, reglas para la modificación del número de componentes de un grupo, criterios organizativos y de logística de competición, y definición de los criterios de valoración de las coreografías, promoción y categorías, y la música.
  2. B) Se implementa normativa y modificaciones también en las especialidades de Bailes Caribeños, Hip Hop, Twirling, Line Dance, Wheelchair y Fit Kid.

La Dirección Deportiva entiende necesario,  que tanto deportistas como entrenadores, así como todos aquellos que se encuentran sometidos en su actividad federativa a la normativa, dediquen atención y tiempo a todas estas novedades y modificaciones,  ya que son fuente, en caso contrario, de situaciones no deseadas;  que con un pleno conocimiento previo pueden ser evitadas.

Hay que tener en cuenta que las modificaciones que se implementan por la FEBD en la normativa,  al finalizar cada temporada, son fruto de mucha reflexión y trabajo; y tienen el único objetivo de adaptar la normativa a la realidad de cada una de las especialidades; por eso os recomendamos que no sólo léais esta pequeña presentación sino que conozcáis cada una de las distintas modificaciones que se han realizado en el propio Código,  puesto que afectarán al desarrollo de la actividad de todos los bailarines.

Recibid un cordial saludo,

 

Araceli Castaño Ajo

Directora Deportiva de la FEBD

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