Comunicado referente a los Jueces de Pasos

Mediante el presente comunicado os recordamos que La FEBD ha constituido la Comisión de Jueces de Pasos, para velar por el cumplimiento de la normativa de pasos (Syllabus) y del Reglamento de Jueces de pasos, así como resolver cuantas reclamaciones se hicieren llegar por el conducto reglamentario relacionadas con la actuación de jueces de pasos, informando a los técnicos de aquellas cuestiones del Syllabus que puedan crear algún tipo de duda,  y junto con otras actuaciones lograr el objetivo de 0 DESCALIFICACIONES en las Copas de Promoción y competiciones.

A partir del 1 de Febrero 2020, y según lo dispuesto en el Titulo 1.2. del Reglamento de Jueces de Pasos (Anexo J) en cada Comunidad Autónoma, y una vez al mes, será designado un Juez con la titulación de Juez de Pasos, para realizar la doble labor de Juez de pista y Juez de Pasos. Estos Jueces de Pasos no podrán ser recusados por el organizador, para facilitar la labor de la adjudicación de jueces.

En las Copas Promoción y Campeonatos de España Juvenil, siempre será designado un Juez de Pasos, para velar por el cumplimiento de las Reglas establecidas.

En cada baile de las fases eliminatorias,  solamente los jueces de pasos titulados por la FEBD (que hayan sido designados por la Federación en esa competición en calidad de Juez de Pasos), que detecten algún incumplimiento de las de las reglas establecidas en el artículo  112 y el Anexo D Repertorio básico actual (Syllabus) en alguno de los bailes, pueden descalificar a la pareja/single correspondiente, inhabilitando automáticamente la puntuación del resto de los jueces en ese baile. Además también lo comunicarán al Director de Competición, quién lo pondrá en conocimiento de la pareja/single en cuestión así como al resto de los jueces, antes de que tenga lugar la fase siguiente.

Según lo dispuesto en el artículo 145 del Código Básico de Competición, será la FEBD quién decidirá en su caso si se pueden realizar avisos de avisos de descalificación, en las pruebas puntuables, Copas Promoción y en los Campeonatos de España.

Si el juez de pasos descalifica a una pareja/single en cualquiera de los bailes, esta quedará automáticamente descalificada, y se le asignará el último puesto de la clasificación del baile afectado.

La descalificación de pareja/single en una competición será siempre responsabilidad del entrenador de la misma, siendo que tras tres descalificaciones para el mismo técnico, la Comisión de Jueces de Pasos remitirá una carta de atención sobre dicha situación, al efecto de que reconsidere las pautas técnicas empleadas en la formación dichas parejas/singles.

 

 

Reclamaciones

De acuerdo con el Anexo J, no se permitirá realizar consultas ni reclamaciones sobre las descalificaciones en el mismo pabellón durante o después de la competición. Solo se atenderán aquellas reclamaciones realizadas por escrito y enviadas hasta el viernes posterior a la competición como dispone la normativa, cumpliendo las siguientes condiciones:

  • No se admitirán reclamaciones sobre parejas/single que no hayan sido descalificadas en la competición.
  • Las reclamaciones se enviarán a juecesdepasos@febd.es
  • Debe ser el Entrenador quien firme la reclamación, y en ella se debe especificar el grupo de edad, categoría, especialidad, numero de dorsal, nombre y apellidos de cada miembro de la pareja/single, el baile y el motivo de la reclamación.
  • Se recomienda que las reclamaciones lleguen acompañadas del video correspondiente, que sirva como prueba, no admitiéndose en ningún caso videos sobre otra pareja/single que no sea la que realiza la reclamación..

 

Recibid un cordial saludo,

 

Araceli Castaño Ajo

Directora Deportiva de la FEBD

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *